martes, 17 de diciembre de 2024

Hoy, me cagó un pájaro

 

Caminaba por la calle en un día lluvioso, estaba nublado y existía una pequeña lluvia que hacía apurar el paso. Era Domingo y empezaban a rondarme en la mente los problemas de la oficina adelantándome al día de mañana. Al pasar cerca de un poste de luz siento lo que pensé que eran gotas de lluvia en mi brazo. Regreso a ver hacia la manga mi chompa, (chompa es una cazadora corta y ajustada a la cadera para él que no conozca el término), y confirmo lo que en realidad había pasado. Las abundantes manchas negras y verdes aseguran que fui cagado por un pájaro.

Regreso a ver hacia arriba del poste de luz y veo al culpable, un mirlo negro de Quito. (El mirlo es un pájaro común en la ciudad). Lo miro enojado con indignación y antes de lanzar un improperio el pájaro me regresa ver directamente a los ojos y me dice con su mirada muerta:
- No me interesa quien eres, no entiendo porque estás enojado. Estoy aquí arriba sin preocuparme que día de la semana es o que tengo que hacer mañana. Soy un pájaro y simplemente cagué.

Después de ese rápido cruce de miradas me tranquilicé. Entendí la coincidencia del momento y que había tenido la fortuna de que me pasé esto por primera vez en mi vida. Se me despejaron las preocupaciones y por un momento me olvide de todo. Regresé a ver a mi acompañante que se aguantaba la risa y le dije “Un pájaro infeliz se me cagó”.

El Tránsito en Ecuador y las Luces Direccionales

 Algunas referencias en la ley sobre el uso de luces direccionales cuando manejas un auto.


1.- LEY ORGÁNICA DE TRANSPORTE TERRESTRE TRÁNSITO Y SEGURIDAD VIAL

Art. 204C.- Deberes.- Los conductores y pasajeros de los vehículos señalados en la presente
Sección deberán cumplir las siguientes normas mínimas de seguridad:

....

i) Usar las luces direccionales, de acuerdo con lo estipulado para vehículos automotores;


2.- REGLAMENTO A LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL

Art. 196.- Para rebasar o adelantar, el conductor de un vehículo deberá observar lo siguiente:
....
5. Señalizar con luces direccionales o con señales manuales;

Art. 197.- El conductor de un vehículo al que se intente rebasar o adelantar deberá conservar su
derecha y no aumentar la velocidad de su vehículo.